| LA MAYORÍA DE LOS CIUDADANOS CREEN QUE LA ADMINISTRACIÓN SE EXPRESA EN UN LENGUAJE INCOMPRENSIBLE, C |
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| lunes, 15 de diciembre de 2008 | |
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Entramos en la esfera de preocupaciones de los ciudadanos y cuantas personas se afanan por desterrar la discriminación lingüística. Pues, con la objetividad que proporciona el paso del tiempo cómo concibo el Lenguaje de 1º. En el Diccionario de Y 2º. Por lenguaje, el Diccionario de Pero el lenguaje también es actividad; como actividad es esencialmente uso lingüístico, con una doble manifestación real y perceptible de esa facultad: la manifestación oral y la manifestación escrita. Hablar mal que bien, todos los seres humanos hablan, o al menos lo intentamos cuando balbuceamos. La manifestación oral está, salvo lesión, al alcance de la mayoría. Pero la manifestación escrita, comunicarnos por escrito, ya es negocio de minoría, es oficio de mucho juicio, tino y discernimiento. Exige preparación y aprendizaje; oficio, en una palabra. Pues bien, el lenguaje de la administración es el uso idiomático que, para la ejecución de las leyes y para la gestión de los servicios, ha ido creando y acuñando a través del tiempo la burocracia del Estado moderno en sus relaciones internas y en sus relaciones externas con los ciudadanos. ¿Cómo se manifiesta el Lenguaje de la Administración en el cuadro general de la comunicación? Solamente existen las lenguas que se hablan, las que aprendemos de nuestras madres; por ello, se denominan comúnmente lenguas maternas. Las que carecen de hablantes nativos, las catalogamos entre lenguas muertas. La lengua española es una lengua viva, porque es portadora de una cultura histórica y porque cuenta con hablantes que la utilizan; y es una realidad perceptible, experimental en el momento en que la usamos. La manifestación del uso oral es lo único que percibimos como realidad idiomática, o como realización de esa abstracción que denominamos lengua, sistema de reglas, o competencia lingüística. Es, en definitiva, lo que podemos investigar experimentalmente. Parece, pues, que la modalidad oral, el hecho de que se hable una lengua es una de las notas características más relevantes de una lengua viva. La oralidad se percibe en el acto de comunicación, cuando empleamos la lengua para transmitir mensajes. En todo acto de comunicación, distinguirse entre discursos adaptados a los oyentes y discursos moldeados a imagen y semejanza del emisor, que ignora a su público, por ejemplo; entre discursos explícitos y discursos implícitos, o de situación, podemos analizar un discurso: 1º) según la materia o actividad que implica la comunicación ; 2º) según el medio a través de que se produce la acción de comunicación, ondas o papel, pues condiciona la expresión del mensaje; 3º) según el grado o tipo de relación (formal, informal o neutra) que se establece entre emisor y receptor que participan en la comunicación de acuerdo con el tema y el propósito de la comunicación. Pues bien, si analizamos el acto lingüístico de comunicación que se establece entre hablantes normales y lo comparamos con el acto de comunicación que se establece entre En primer lugar, podemos advertir que, en el acto lingüístico de comunicación, el emisor/hablante y el receptor/oyente siempre están presentes y comparten la misma situación comunicativa. Por el contrario, en el acto comunicativo de Por otro lado, el receptor del acto de la Administración no es más que una variedad de hablante cuyos deberes cívicos le colocan inevitablemente en situaciones de comunicación similares a las de todos los demás. Todos hemos de vérnoslas alguna vez con la Administración Pública en nuestras vidas. Para empezar, la omnipresencia de la lengua del Estado hace inevitable el contacto de todo hablante-ciudadano a través de una variedad de español que no es auténticamente vernácula, es decir, oral, y que lo deja muchas veces indefenso en virtud de que es un oyente (receptor) peculiar: no puede preguntar ni dialogar; escucha y tiene que comprender; calla y tiene que actuar. Es un receptor pasivo al que la ignorancia, o la no comprensión del mensaje administrativo no le exime de culpa. Es el divino impaciente administrado. En los demás actos comunicativos, se puede establecer una retroalimentación , volver atrás para que la comunicación continúe y sea viable. Un verdadero acto de comunicación exige intercambio de información fluida hasta que se agote, momento en que se interrumpe el acto comunicativo. Como puede verse, en acto comunicativo del lenguaje administrativo hay una voluntad de ocultamiento del emisor, y lo que caracteriza una verdadera comunicación verbal es la posibilidad de interacción: que el circuito del habla permita a la comunicación fluir desde el emisor hasta el receptor y viceversa. De lo expuesto hasta aquí, también se sigue que, en el acto comunicativo de la Administración, el emisor y receptor no suelen estar copresentes en el mismo, no coinciden ni en el tiempo ni en la situación. En segundo lugar, podemos comprobar que el canal, o medio físico que sirve de soporte para la transmisión de los mensajes suelen ser las ondas sonoras en la comunicación hablada; las ondas hertzianas, en la radio; el papel, en la comunicación escrita. La modalidad históricamente característica del lenguaje administrativo ha sido y es la lengua escrita. Pues bien, en la lengua escrita faltan por completo, los elementos prosódicos, todo el lenguaje gestual que tanta repercusión directa e indirecta tiene sobre el mensaje; el contexto o situación en que se produjo el mensaje, etc. Todo esto exige, en un caso, ser reproducido como es el caso del contexto situacional y, en otro, ser suplido por signos como son los de los elementos prosódicos. Pero hay más todavía: la modalidad escrita requiere que las palabras se encadenen en la frase según un orden gramatical más rígido y regulado, mientras que en la modalidad oral este orden puede y debe ser más flexible para agilizar la comunicación y, por ello, es sustituido por un orden más subjetivo y menos regulado en el que el hablante pone de relieve lo que considera más relevante. En tercer lugar, sabemos que la lengua de los actos de comunicación ordinaria también varía según la materia. Por ello, la materia de los actos de la Administración ha ido condicionando históricamente, primero, el empleo y selección de un léxico específico, muy cercano a la terminología del lenguaje científico, y adecuado para la finalidad comunicativa; y después, la burocracia estatal ha ido forjando una sintaxis precisa y, por tanto, sembrada de muchos incisos, por exigencias no solo de la materia en la que se busca la seguridad jurídica, sino también por el hecho de que el lenguaje administrativo se ha desarrollado casi exclusivamente en la modalidad escrita, lo que le confiere algún parecido con otros tipos de lenguajes específicos. En cuarto lugar, y, por último, hemos de resaltar que el mensaje o materia del acto del lenguaje administrativo también condiciona y hasta favorece la creación de un tipo de lengua especial, no un sistema de lengua distinto de la lengua española, sino una selección, o especialización de sus formas léxicas, sintácticas y estilísticas. El mensaje de El lenguaje administrativo, al menos en modalidad escrita y en la variante de comunicación directa entre Administración y particulares, cuenta con unas características propias, no solo de léxico, gramática y estilo, sino también de teoría lingüística tales que son suficientes para afirmar que existe un lenguaje específico de Los hablantes comunes somos depositarios de la lengua, pero hemos de hacernos también accionistas de la lengua de la Administración, y esto nos coloca en una situación no solo de indefensión por no comprender dicha lengua, sino de desigualdad también porque no todos pueden llegar a ser accionistas, por las razones siguientes: 1. Porque la comunicación entre 2. Porque el lenguaje administrativo es una elaboración sociocultural ‘sui generis’, fruto de estadios evolutivos distintos en la historia de la lengua. Al analizar las características lingüísticas que son privativas del lenguaje administrativo y que la diferencian de otro tipo de lenguajes también funcionales que interactúan dentro del sistema común del español. El receptor de la lengua de Así pues, en la pérdida del control verbal por parte del usuario, radica a nuestro modo de ver una primera diferencia, lo cual contribuye a instaurar una situación conflictiva entre la lengua de la Administración y la lengua común. En efecto, la promoción ideológica de la Administración al rango de Emisor modelo –hablante modelo- tiene como consecuencia expulsar del circuito verbal la posibilidad de retroalimentación, característica ésta esencial del acto de la lengua. Determina el aspecto irreductible de la relación complementaria que establecen los procesos de emisión y de recepción; y sin hablante y sin oyente, se puede afirmar que no existe verdadera comunicación. La lengua de En esta situación, el ciudadano como receptor desarrolla frente a la lengua de la Administración un comportamiento verbal que se traduce en una cantidad reducida de prácticas lingüísticas en cuyo origen está presente como copartícipe, pero no lo está como productor. Prueba de ello es que menos de la mitad de las seis funciones cardinales del lenguaje están asociadas al circuito del habla donde el ciudadano receptor y el emisor Administración aparecen como interlocutores implicados. El ciudadano está, por consiguiente, abocado a participar en situaciones idiomáticas que exigen su competencia comunicativa pasiva en detrimento de su competencia lingüística activa. En tanto emisor-receptor, el ciudadano registra toda suerte de discursos políticos, jurídicos, administrativos...; debe aplicarse sobre todo a la lectura de numerosas publicaciones que se ve obligado a no ignorar: anuncios de servicios públicos; circulares, formularios de la declaración de la Renta, contratos de compra-venta, contratos de garantía, folletos, sentencias de Tribunales, e, inevitablemente, el BOE... Estos ejemplos no son más que una mínima ilustración de la lengua de la Administración en su función de portadora del mensaje de la legitimidad. Esta es la lengua que alimenta la experiencia vivida por la mayoría de ciudadanos. Se trata de una visión empírica de las cosas; en suma, de una visión realista de la cotidianeidad intranscendente del sujeto hablante. El estilo de la lengua de la Administración acarrea características que generalmente van unidas a la acción legislativa. Por ejemplo, la sintaxis se ve condicionada en el sentido de tener que utilizar profusamente formas lingüísticas unidas a los conceptos fundamentales de obligación, condición, prohibición De ahí que las formas léxicas, morfológicas, sintácticas y, en grado más variable, fonéticas, que contribuyan a identificar la lengua de la Administración, y a asimilarla con lo que se entiende como código elaborado. Y en la medida en que las formas lingüísticas no son fácilmente recreadas o actualizadas en el uso común; en la medida en que con el paso del tiempo se petrifican y se convierten en fórmulas rituales no es exagerado decir que el ciudadano como hablante las afronta o las apropia; las aprende más que las asimila. Por todo ello, podemos decir que la Lengua de la Administración es un realidad de percepción pasiva, ajena al circuito verbal de la comunicación que se da en la lengua común y, además, es un código elaborado, prefijado, que el ciudadano en cuanto hablante ha de aprender, lo cual le acarrea una pérdida mayor del control verbal. Resultaría que el código lingüístico utilizado en la situación particular de la comunicación administrativa sería similar a una variante cualquiera de los demás registros de habla que conforman el sistema general de la lengua. En otras palabras, su concepción de la comunicación lingüística, que implica sistemáticamente una relación entre hablante y oyente, coincidiría aquí con lo que se puede llamar, de modo general, un intercambio verbal entre hablante y oyente. Y desde esta perspectiva, la comunicación lingüística, depende estrechamente del circuito del habla. Sin embargo, esta concepción nos parece difícilmente conciliable con el tipo de comunicación lingüística que se da en la relación Administración con el Ciudadano, porque la circulación del mensaje proveniente del emisor, que es la Administración, fluye en una sola dirección y va a parar al receptor, que es el ciudadano en tanto sujeto hablante. La relación unidireccional que se establece parece, pues, más propia de un circuito de información que de un circuito de comunicación. Este es el motivo por el que no me parece tan acertado, y mucho menos justificable, concebir la lengua de la Administración como un lenguaje que comparte todas sus características con otros lenguajes específicos. Pienso que la lengua de la Administración se parece más al circuito de información que al circuito del habla en tanto esquema general de la comunicación. Es un medio de información, y, si la relación de informante a informado puede ser considerada como de naturaleza diferente a la de hablante y oyente, no es más que en virtud de las características presuposicionales y pragmáticas del mensaje. Juzgo, pues, arbitraria la generalización tradicional, por ejemplo, que lleva en última instancia a considerar al receptor virtual como un hablante ficticio -en este caso, el ciudadano- por la tendencia del gran público a asimilar este emisor real que es la Administración con un hablante no ficticio, es decir, con un hablante real. Si bien es cierto, que hay un acontecimiento de lengua entre el emisor Administración y el ciudadano receptor, no está plenamente justificado considerarlos como protagonistas de un acontecimiento de habla. Parece que la comunicación lingüística que media entre el emisor Administración y el receptor ciudadano es más bien una relación de información que fluye del informante hacia el informado. El ser un circuito de información presupone en el sujeto hablante comportamientos que son de naturaleza distinta de los que rigen el intercambio verbal entre un hablante y un oyente normales; por ejemplo, el de la reciprocidad. Y este quizás sea el factor que más distingue el lenguaje administrativo de la lengua común. Esta circunstancia en el sentido de que el hombre moderno, en tanto agente del circuito de información, se disocia frecuentemente del sujeto hablante del que nace la información. En la estructura del esquema general de comunicación, la interacción lingüística va íntimamente unida a la competencia lingüística de todo sujeto hablante. Su carácter de reciprocidad, unido a la necesidad de comprender a los semejantes, es algo inherente a la especie humana como lo son los universales del lenguaje. Las formas lingüísticas, en particular, las de orden prosódico (pausas, dudas, curvas tonales,...) y las sintácticas (palabras subordinadas, interjectivas, vocativos..) son elaboradas en cada lengua en función del carácter biunívoco de la estructura bipolar de la comunicación. Las formas lingüísticas seleccionadas en razón de esta reciprocidad pueden ser calificadas de comunes, o vernáculas, porque son compartidas por los miembros de la comunidad mediante su competencia lingüísticas activa. Por el contrario, la estructura del circuito de la información, en este caso el de la lengua administrativa, está elaborado en función del medio y de la cultura. La forma que reviste el mensaje que se quiere comunicar, esto es, su presentación en cualquiera de las formas depende, en lo que concierne a la lengua de la Administración, no solamente de los modos de transmisión oral o escrito, sino también de los órganos de transmisión en tanto medios de comunicación. Así, el soporte material –texto escrito- gracias al cual se transmite indefectiblemente la lengua de la Administración dota las formas lingüísticas que la caracterizan de un valor semiológico del que están desprovistos, a priori, los enunciados que participan del circuito del habla. De esta dimensión semiológica es de la que son portadoras las formas lingüísticas empleadas por la lengua de la Administración y también es de donde nace el carácter de univocidad que afecta la relación emisor/receptor, al reducirlo en definitiva, a la relación informante vs. informado. El emisor y el receptor dejan de ser los protagonistas de acontecimiento comunicativo para serlo el mensaje administrativo. Es un acontecimiento de habla donde no hay reciprocidad, sino transmisión de información. Por tanto, la perdida de control del circuito del habla; ser una realidad de percepción más que una de producción donde el administrado adopta una actitud pasiva; el ser un circuito de información más que de comunicación, y la ausencia de reciprocidad constituyen las principales características que, desde los presupuestos teóricos de la lingüística general, permiten describir el la lengua de la Administración como una lengua de especialidad. Veamos ahora otros rasgos de índole sociocultural. En toda lengua histórica, como el español, podemos distinguir dialectos distintos, diferentes niveles socioculturales de lengua y varios estilos de lengua, lenguaje hablado por oposición a lenguaje escrito..., diferentes variedades lingüísticas, en suma, en virtud de la perspectiva de análisis de las que se parta. Y entre estas variedades lingüísticas, se encuentran las que denominamos lenguas especiales que son, ante todo, productos socioculturales e históricos. El Lenguaje de En tanto circuito de la información, En virtud de esta preferencia por las fórmulas protocolarias y condicionadas por la ausencia de reciprocidad, del Lenguaje de la Administración quedan excluidas todas las formas lingüísticas que exigen reciprocidad en el acto del habla, es decir, las formas auténticas del uso común vernáculo. Que cumplen la función fática, que sirven para cerciorarse de que el canal de comunicación existe o está expeditivo: son formas del tipo me seguís, me entendéis, comprendéis lo que quiero decir...;Oiga, hola, etc. Las que cumplen la función metalingüística, utilización del lenguaje para hablar del propio lenguaje: dígalo con sus propias palabras, hable para que se le comprenda, repita un poco para ver...; nexos como es decir, esto es, en otros términos... . Las de la función emotiva: Signos que remiten al emisor de tipo nos complace comunicarle que su recurso ha sido estimado frente al más neutral se le comunica que su recurso ha sido desestimado. La preferencia por las fórmulas protocolarias en la elaboración de los textos viene impuesta por la naturaleza lingüística del mensaje de la Administración donde hay una clara tendencia a ocultar el emisor omnipresente. Y es aquí donde encuentra explicación plena lo que se señala como abusos del Lenguaje Administrativo, y que desde la perspectiva que presentamos en absoluto no lo son: Los textos de la Administración se caracterizarían, inicialmente, por su impersonalidad, un tipo de abuso que anunciador refleja en el texto utilizando la 1ª persona del singular (fallo, ruego, dispongo), la 1ª del plural (le rogamos que... ), la 3º persona (Esta Dirección General acuerda...), las formas impersonales (se ha constatado que...) y uso de la pasiva (se formulan diversas consultas...), abusos que “además de diluir la responsabilidad del anunciador, oscurecen el mensaje, dificultando con ello la lectura y la comprensión del texto”. Estos usos que se critican son los que caracterizan este lenguaje. En efecto, en el recurso a la impersonalidad, al se de deferencia; al nosotros de majestad asociativa; al usted de cortesía “no reside el problema del lenguaje administrativo ni le lleva a la esclerosis del estilo en su impersonalidad”. Todas estas y otras fórmulas como las coercitivas o de imperativo (debe, haber + infinitivo, el futuro de mandato absoluto); el uso del subjuntivo (las sanciones a que hubiere lugar).; la pasiva media (se ha establecido que + O; se ha probado que Ud. circulaba por la carretera...) el uso de elementos de restricción o de atenuación (sólo, únicamente, exclusivamente, salvo, excepto); ciertos elementos pronominales de universalidad (cualquiera que, nadie, el que, todo el que...); numerosos elementos léxicos (verbos de constatación y resultado como consta que, obra en nuestro poder una denuncia contra Ud., de lo dicho aparece como evidente que, así como un arsenal de expresiones discursivas del tipo (No solamente....sino también; aunque desde un punto de vista.... resulta que; tanto más... cuanto que...y que...), no constituyen un problema de lengua ni oscurecen ni dificultan la comprensión del texto; deben ser estudiadas dentro del contexto del circuito de la información, la lingüística del texto y la pragmática, porque todas estas acuñaciones, encuentran justificación teórica y práctica y, en modo alguno, considero que “esta área lingüística debe ser una de las áreas de actuación de la modernización del lenguaje administrativo”. Lo que confiere a la lengua carácter de legitimidad es la textualidad. Para un hispanó, la realidad del español nacional incorpora a la vez la idea de la lengua materna y de la lengua legítima. Es un rasgo individual de la ideología española que no disocia el individuo hablante nativo del ciudadano hablante activo. Esta identificación nacionalista tiene por corolario una superposición deformadora: el español materno, de ahí el hablar común del adulto, no tiene que ver con el español nacional del ciudadano, del que forma parte evidentemente la lengua del Estado Administración. La formas que revelan lo uno y lo otro no son las mismas. De ahí surge un posible conflicto entre quien no ha objetivado la ocultación de que es víctima. Desde otra perspectiva el Lenguaje de la Administración aparece como una de las versiones más anónimas de lo que él denomina código elaborado. La ocultación que resulta de la omnipresencia de este anonimato en la vida cotidiana del ciudadano hablante se ve tanto más reforzada cuanto que la lengua de la Administración representa a sus ojos un uso, si no el más típico, al menos el más prestigioso de la lengua nacional. Hay dos razones por las que el anonimato y legitimidad se pueden aducir como las características socioculturales más sobresalientes, condicionadas por el circuito de la información. Son las siguientes: de un lado, el Estado y, en cuanto órgano ejecutor y de gestión, El Estado Administración actúa, pues, como persona moral que hace uso de la lengua legítima, mientras que el ciudadano actúa como hablante nativo que hace uso del hablar ordinario. La diferencia, interiorizada por el ciudadano hablante, no consiste en que sienta su hablar como ilegítimo, es decir, como no conforme a las prescripciones legales, sino como no existente frente a la ley donde el hablar común está ausente. La lengua no es legítima más que en la medida en que se hace fuerza de ley, como lo expresa bien la fórmula consagrada. Las consecuencias de esta consideración parecen evidentes y hasta están amparadas por la Constitución. Nadie está dispensado de conocer la lengua legítima como tampoco la ignorancia de la ley exime de su cumplimiento. El comportamiento lingüístico del ciudadano hablante obedece, pues, a una doble exigencia, a la vez contradictoria y complementaria. Que el hablante sea conscientemente o no de esto dependerá que oriente su competencia lingüística en el sentido de un aprendizaje objetivo de formas protocolarias del español o no las ignore. En esta disposición voluntaria del hablante reside, una respuesta a la mayor o menor necesidad de identificación del ciudadano con la nación, del individuo con la sociedad. Sentido como una necesidad, este aprendizaje le hace participar activamente en el proyecto nacional. En suma, quiero decir que, en el nivel de la competencia lingüística del hablante, al menos pasiva, la interiorización de las formas protocolarias se da como una realidad innegable. Existe un estereotipo de Lengua de la Administración ligeramente diferente del hablar común. Este es el primer conflicto sociocultural que el Estado-Administración debe resolver por mandato constitucional: todos los ciudadanos tienen derecho a poseer la lengua española en todas sus variedades; lo contrario es fomentar, por omisión, la desigualdad; principalmente la desigualdad sociocultural en la nueva sociedad de la información que nos ha tocado vivir. La Lengua de la Administración deber ser modelo de uso escrito. Y ha de exigir a los candidatos a la función pública redactar coherente, adecuada y pulcramente tres líneas A las 0,20 horas de día 20 de febrero de 1988, se comprobó por las Fuerzas de la Guardia civil...Vd. portaba en el interior del vehículo con matrícula...una porra de hierro en su extremo de 88 cm de longitud, todo ello de acuerdo con las facultades que me confiere la legislación vigente El modelo de coche detenido era tan espacioso que publicitaba que en su interior viajaban una porra de hierro en su extremo de 88 cm de largo y todo lo relativo a la legislación vigente. (¡Buen viaje!). |
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